jueves, 19 de julio de 2018

Ampara la Constitución los salarios de ministros, magistrados y consejeros


Ciudad de México. La decisión de Andrés Manuel López Obrador de que ningún funcionario gane más que el Presidente de se enfrenta, en el caso de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), magistrados electorales y consejeros de la Judicatura, con el artículo 94 de la Constitución, el cual señala que durante su encargo no podrá ser disminuida su remuneración.
Reducir sus ingresos implicaría una reforma constitucional, pero les pagan pensión al ciento por ciento de su salario los primeros dos años posteriores al retiro y vitalicia de 80 por ciento, además de que con los recursos de los sub-ejercicios, que debían reintegrar a la Tesorería de la Federación, los ministros se pagan pensiones complementarias.

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